Master en Dirección y Gestión de la Comunicación Organizacional y Post Grado en Relaciones Públicas - Becas - BARCELONA
 
Visado de estudios





  Visado o permiso de estancia
en España como estudiante


Los ciudadanos de países pertenecientes a la Unión Europea, no necesitan obtener ningún visado o permiso de residencia para estudiar en España. Sin embargo, los estudiantes internacionales sin nacionalidad española, ciudadanos de un país que no pertenezca a la Unión Europea, deben solicitar el visado especial de estudiante en la Embajada o Consulado General de España en su país de origen.

Definición

Los visados de estudio podrán ser concedidos a los extranjeros que, acreditando haber sido preinscritos o reglamentariamente admitidos en algunos de los centros docentes o científicos españoles, públicos o privados, oficialmente reconocidos, con el fin de cursar o ampliar estudios o realizar trabajos de investigación o formación, no remunerados laboralmente, con indicación de un horario que implique asistencia y con una duración prevista no inferior a tres meses, incluyendo el plan de estudios, investigación o formación aprobado.

Requisitos

1. Formulario debidamente cumplimentado en la Oficina Consular correspondiente a la nacionalidad o residencia legal del solicitante, presentada por el interesado o su representante legal debidamente acreditado.

2. Tres fotografías tamaño carné.

3. Pasaporte con una vigencia mínima de 120 días.

4. Documentación que acredite la preinscripción o haber sido reglamentariamente admitido como alumno, estudiante o investigador en un centro o establecimiento público o privado oficialmente reconocido por la Administración competente.

5. Seguro médico.

6. Tener garantizados los medios económicos necesarios para sufragar el coste de sus estudios, así como los gastos de estancia y regreso a su país.

7. Certificado de antecedentes penales expedido, en su caso, por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años (excepto en los casos en los que la duración de los estudios a realizar sea inferior a seis meses).

8. Certificado sanitario.
En el caso de menores, se requerirá, además, autorización de quien ejerza la patria potestad o tutela.

Más información: www.mae.es

 


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